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PIONEERING IMMUN THERAPY

NOTA METODOLÓGICA DESCRIPTIVA

INTRODUCCIÓN.-

La industria farmacéutica trabaja para mejorar constantemente la calidad de vida del paciente y aumentar la esperanza de vida, promoviendo el bienestar general de los pacientes y una asistencia sanitaria de calidad; para ello, es necesario invertir parte del beneficio de las compañías en proyectos de Investigación y Desarrollo, que contribuyan al desarrollo de nuevos fármacos, así como nuevas indicaciones terapéuticas de los mismos, por ello se requiere de una estrecha colaboración entre la industria farmacéutica y los profesionales y organizaciones sanitarias.

A fin de asegurar que las relaciones entre la industria farmacéutica y las organizaciones sanitarias, así como los integrantes de estas, se desarrollen con total transparencia, desde el año 2014, la industria asume de forma voluntaria, nuevos compromisos en materia de transparencia. Por ello, a partir de enero de 2016 con objeto de incrementar la confianza en la industria farmacéutica, ésta ha decidido informar públicamente, cualquier transferencia de valor realizada independientemente de la naturaleza y nivel de las relaciones con las organizaciones y profesionales sanitarios.

La información publicada engloba tanto los pagos realizados a profesionales sanitarios y organizaciones sanitarias en concepto de donaciones, actividades formativas, prestación de servicios e investigación y desarrollo, correspondiente al año anterior en curso. Esta información será actualizada anualmente con carácter retrospectivo y de acceso libre a través de las distintas páginas web de las compañías. Diater, a través de su página web, se compromete anualmente a publicar cualquier transferencia de valor entre la compañía y cualquier profesional u organización sanitaria; así como los gastos invertidos en investigación y desarrollo, en aras del desarrollo de nuevos productos. Para más información sobre esta iniciativa, consulte la web www.codigofarmaindustria.es.

OBJETIVO.-

El objetivo de esta medida implementada por la industria farmacéutica, y en concreto por Diater, es generar credibilidad y confianza en la industria farmacéutica, tanto en su conjunto, como en las interacciones que existen entre los laboratorios farmacéuticos y los profesionales y organizaciones sanitarias.

Para ello esta iniciativa:
  • Promueve la transparencia de dichas interacciones, especialmente cuando de las mismas se derivan pagos o transferencias de valor.
  • Proporciona información respecto al alcance y naturaleza de dichas interacciones.
  • Ayuda a identificar y entender cómo, entre otros aspectos, dichas interacciones son necesarias para el desarrollo de nuevos medicamentos y garantiza el uso racional de las mismas.

QUÉ APORTA.-

A los pacientes y público en general: informa respecto a las distintas maneras de colaboración que existen entre los laboratorios y las organizaciones y profesionales sanitarios, así como el valor añadido que éstas representan y aportan a la Sociedad.

A los profesionales y organizaciones sanitarias: permite cuantificar el importante papel de los laboratorios farmacéuticos en materias como la investigación y el desarrollo y la formación médica continuada.

A los investigadores: indica qué parte del total de la inversión que realizan los laboratorios en I+D está dedicada a remunerar a los investigadores y centros de investigación para garantizar el desarrollo de sus actividades en aras de una mejora en la calidad de vida de los pacientes.

A los laboratorios farmacéuticos: acredita su compromiso de colaboración y mejora continua, la legítima necesidad de dicha interrelación, y evidencia su interés en que ésta se lleve a cabo respetando los más estrictos principios éticos de profesionalidad y responsabilidad.

QUÉ INFORMACIÓN INCLUYE.-

Las Transferencias de Valor* realizadas por Diater, a los Profesionales Sanitarios* y a las Organizaciones Sanitarias* en concepto de:

  • Donación* (Solo aplicable a Organizaciones Sanitarias). Ejemplo: donación a una Organización Sanitaria como apoyo para cumplir con sus fines sociales.
  • Actividades formativas y reuniones científico-profesionales, detallando si la transferencia de valor va destinada a sufragar:
    • El patrocinio de la actividad* (sólo aplicable a Organizaciones Sanitarias).
    • Cuotas de inscripción.
    • Desplazamiento y alojamiento. Ejemplo: colaboración para la asistencia a el congreso anual que organiza una sociedad científica regional, nacional o internacional.
  • Prestación de servicios, detallando si la transferencia de valor va destinada a sufragar:
    • Honorarios.
    • Gastos relacionados para la prestación de estos servicios. Ejemplo: desplazamiento o alojamiento.
  • Investigación y Desarrollo.
    • Desarrollo de nuevos productos
    • Desarrollo de nuevas indicaciones terapéuticas
    • Desarrollo de nuevas vías o formas de administración

CÓMO SE PUBLICA LA INFORMACIÓN.-

Las empresas sujetas a las disposiciones del Código de Farmaindustria, y según lo establecido en los artículos 19.1 y 19.3, deberán documentar y publicar los pagos y Transferencias de Valor detallados en el presente artículo (en adelante, ‘Transferencias de Valor’) que realicen, directa o indirectamente, en beneficio de los Destinatarios.

En el caso de los Profesionales Sanitarios, de conformidad con la legislación europea relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, existe un interés legítimo de las empresas sujetas al Código, reconocido por la AEPD en su Informe de fecha 22 de abril de 2016 (Anexo I del Código), de forma que no es necesario el consentimiento para la publicación de forma individual de las Transferencias de Valor a Profesionales Sanitarios.

En todo caso, los laboratorios farmacéuticos informarán a los Profesionales Sanitarios, en virtud de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, de que sus datos se publicarán de acuerdo con lo previsto en el presente Código. En el caso de Organizaciones Sanitarias, las Transferencias de Valor realizadas por los laboratorios a las mismas deberán publicarse, en todo caso, de forma individual.

Los datos relativos a Investigación y Desarrollo se publican de modo agregado, una única cantidad invertida por laboratorio anualmente.

CUÁNDO SE PUBLICA LA INFORMACIÓN.-

Diater publica esta información relativa a las transferencias de valor con Profesionales Sanitarios y Organizaciones Sanitarias, realizadas del 1 enero del 2015 al 31 diciembre del 2015 en su página antes del 30 de junio de 2016 y la actualizarán cada año de forma retrospectiva en los meses de junio.

Diater Laboratorios en los ejercicios de los años 2020 y 2021 no ha realizado ninguna transferencia de valor a organizaciones de pacientes.

HE LEÍDO LA NOTA METODOLÓGICA DESCRIPTIVA

NOTA METODOLÓGICA TÉCNICA

INTRODUCCIÓN.-

Contar con la confianza de la sociedad es un valor clave para Diater. Por ello estamos comprometidos con la publicación de todas las interrelaciones que surgen entre Diater y los profesionales y organizaciones sanitarias, con los que trabajamos.

La industria farmacéutica trabaja para mejorar constantemente la calidad de vida del paciente, y aumentar la esperanza de vida, promoviendo el bienestar general de los pacientes y una asistencia sanitaria de calidad. Es necesario invertir parte del beneficio de las compañías en proyectos de Investigación y Desarrollo, que contribuyan al desarrollo de nuevos fármacos, así como nuevas indicaciones terapéuticas. Por ello, se requiere de una estrecha colaboración con los profesionales sanitarios y organizaciones sanitarias.

A fin de asegurar que las relaciones entre la industria farmacéutica y las organizaciones sanitarias, así como los integrantes de estas, se desarrollen con total transparencia, desde el año 2014 la industria asume de forma voluntaria, nuevos compromisos en materia de transparencia. Por ello, a partir de enero de 2016 con objeto de incrementar la confianza en la industria farmacéutica, ésta, ha decidido informar públicamente, cualquier transferencia de valor realizada independientemente de la naturaleza y nivel de las relaciones con las organizaciones y profesionales sanitarios.

La información publicada recoge cualquier transferencia de valor realizada a profesionales sanitarios y organizaciones sanitarias en concepto de donaciones, actividades formativas, prestación de servicios e investigación y desarrollo, correspondiente al año anterior en curso. Esta información será actualizada anualmente con carácter retrospectivo y de acceso libre a través de las distintas páginas web de las compañías.

Para más información sobre esta iniciativa, consulte la web www.codigofarmaindustria.es.

2.0 ALCANCE.-

Los profesionales sanitarios y las organizaciones sanitarias, tienen un papel muy importante hoy en día en la sociedad, éstos aportan su grado de conocimiento y experiencia clínica, que es compartido en muchos casos con la industria farmacéutica, en aras de la mejora de la calidad de vida del paciente. De ésta relación entre los citados profesionales sanitarios y la industria, surgen transferencias de valor.

Con objeto de incrementar la confianza en la industria farmacéutica, ésta ha decidido informar públicamente de la naturaleza y nivel de dichas relaciones.

Por ello, Diater Laboratorios se compromete a publicar anualmente, toda transferencia de valor que lleve a cabo, con cualquier profesional sanitario u organización sanitaria, en los términos anteriormente establecidos, así como el grado de inversión en I+D. Dicha información, estará disponible en abierto, a través de su página web, siempre con carácter retrospectivo.

3.0 GLOSARIO DE TÉRMINOS.-

  • Organización Sanitaria (OS): toda persona jurídica o entidad (i) que sea una asociación médica o científica, institución sanitaria (cualquiera que sea su forma jurídica o de organización) tales como hospitales, clínicas, fundaciones, universidades y otras entidades académicas, sociedades científicas o (ii) a través de la cual presten servicios uno o más Profesionales Sanitarios.
  • Organización de Pacientes: organización sin ánimo de lucro —incluidas las organizaciones paraguas a las que pertenecen—, compuesta principalmente por pacientes y/o sus cuidadores, que representa y/o apoya las necesidades de los pacientes y/o de sus cuidadores.
  • Profesionales sanitarios (PS): cualquier miembro de la profesión médica, odontológica, farmacéutica, de enfermería, o podología, cualquier otra persona considerada como tal legalmente, o cualquier otra persona que, en el ejercicio de su profesión, pudiera realizar o condicionar las actividades de prescribir, comprar, suministrar, dispensar o administrar medicamentos de uso humano.
  • Destinatario: Profesionales Sanitarios u Organizaciones Sanitarias que ejerzan su actividad profesional en España o cuya dirección profesional principal o lugar de constitución se encuentre en España.
  • Donación: acto de liberalidad por el cual una compañía (donante) dispone gratuitamente de una cantidad pecuniaria o de un bien o servicio (donación en especie) en favor de un tercero (donatario), que lo acepta. En ocasiones, se denomina subvenciones (donaciones finalistas) aquellos casos en los que la entrega o prestación se destina al cumplimiento por el donatario de un determinado objetivo, la ejecución de un proyecto o la realización de una actividad. En todo caso el donante no obtendrá ni solicitará obtener contraprestación alguna del donatario.
  • Reuniones científico – profesionales: todo encuentro, jornada, congreso, conferencia, simposio, curso de formación presencial o a distancia, o cualquier otro tipo de actividad similar (incluyendo, a título enunciativo que no limitativo, reuniones de expertos, visitas a plantas de fabricación e instalaciones de investigación, así como reuniones formativas, de investigadores relacionadas con la realización de ensayos clínicos y estudios observacionales con medicamentos) que sean organizadas o patrocinadas por una o varias compañías farmacéuticas o bajo su control (en adelante "reunión/es").
  • Interrelación: las actividades llevadas a cabo, organizadas o patrocinadas por una compañía farmacéutica, o bajo su control – filiales, fundaciones, asociaciones, institutos, agencias, terceros proveedores, etc. – de las que puedan derivarse directa o indirectamente colaboraciones, apoyos y/o contraprestaciones de cualquier tipo a favor de un tercero.
  • Investigación y Desarrollo: actividades asociadas al diseño o ejecución de estudios preclínicos, ensayos clínicos, y estudios post autorización.
  • Medicamentos de uso humano: toda sustancia o combinación de sustancias que se presente como poseedora de propiedades para el tratamiento o prevención de enfermedades o que pueda usarse en seres humanos o administrarse a éstos, con el fin de restaurar, corregir o modificar las funciones fisiológicas ejerciendo una acción farmacológica, inmunológica o metabólica, o de establecer un diagnóstico médico.
  • Promoción: toda actividad llevada a cabo, organizada o patrocinada por una compañía farmacéutica, o bajo su control – filiales, fundaciones, asociaciones, institutos, agencias, etc. -, destinada a propiciar, directa o indirectamente, la prescripción, la dispensación, la recomendación, la venta o el consumo de los medicamentos de uso humano.
  • Transferencia de Valor: cualquier pago o contraprestación directa o indirecta en efectivo, en especie, o de cualquier otra forma, con independencia de cuál sea su finalidad.
    • Directa: cuando sea el laboratorio quien directamente la realice en beneficio de un destinatario concreto.
    • Indirecta: cuando sea un tercero (proveedores, agentes, socios o afiliados – incluyendo las fundaciones -, actuando en nombre de la compañía, quien la realice en beneficio de un destinatario y éste último identifique o pueda identificar la compañía.

4.0 RECOPILACIÓN DE INFORMACIÓN A PUBLICAR E IDENTIFICACIÓN DE LOS DESTINATARIOS.-

4.1 RECOPILACIÓN Y PROCESAMIENTO DE INFORMACIÓN

4.1.1 RECOPILACIÓN DE LA INFORMACIÓN

Toda la información a publicar se ha extraído de fuentes internas, basadas en herramientas informáticas tanto de control de gestión como administrativas/contables.

El procesamiento de los datos obtenidos se ha categorizado según la tabla definida a tal efecto, teniendo en cuenta el carácter de los mismos y su fin.

Se ha procedido a entregar y recoger cumplimentado a los profesionales sanitarios con los que Diater ha tenido transferencias de valor, un Documento Informativo de Transparencia donde el profesional ha declarado ser informado de que sus datos aparezcan de forma individual así como los datos de nombre completo, dirección, población y DNI. Con estos datos recopilados se ha elaborado un registro atendiéndose a las características de la tabla definida para su publicación.

Las transferencias de valor de las reuniones, patrocinios y demás colaboraciones identificadas con profesionales sanitarios y organizaciones sanitarias realizadas por el Laboratorio, se han obtenido de una herramienta de gestión de datos que garantiza el detalle de los mismos.

4.1.2 FECHA UTILIZADA PARA LA RECOPILACIÓN Y PUBLICACIÓN (contratos plurianuales)

La entrega y recopilación de los estos Documentos Informativos donde cada PS declara ser informado de dicha publicación individualizada sigue actualizándose constantemente e incorporando nuevos Documentos de Información de PS que no habían sido informados.

4.1.3 IVA Y OTROS ASPECTOS FISCALES

Para dar con un criterio único, tanto la información procesada como la fecha de la recopilación de la misma, ha sido la contemplada desde los libros oficiales para la imputación del gasto, esto es la Base Imponible de los mismos. Esto es año fiscal de enero a diciembre del año al que se refiere la publicación.

4.1.4 IDENTIFICADORES UNICOS

Tanto los profesionales sanitarios como las organizaciones sanitarias con las que trabajamos tienen un número univoco de identificación para todos los sistemas informáticos en la empresa.

4.2 IDENTIFICACIÓN DE LOS DESTINATARIOS

4.2.1 DESTINATARIO CLARAMENTE IDENTIFICADO (domicilio)

A partir de la recopilación de los documentos informativos de Transparencia firmados por los profesionales sanitarios con los que hemos realizado cualquier tipo de transferencia de valor, se ha elaborado un fichero con los datos particulares de cada uno, donde se recogen los datos requeridos para elaborar el archivo a publicar. Se incluye también un código identificativo que permite enlazar los datos fiscales con los correspondientes a las transferencias de valor.

4.2.2 TRANSFERENCIAS DE VALOR A PS A TRAVÉS DE OS

Las Transferencias de Valor realizadas con los profesionales sanitarios a través de organizaciones sanitarias está claramente identificado por (su nombre y) un registro donde se recoge la relación entre la organización sanitaria y el profesional sanitario. En el caso de las participaciones en Actividades Científicas, se incluye la Sociedad con la que se ha colaborado.

Toda transferencia de valor relacionada con investigación y desarrollo se ha tenido en cuenta en su cómputo global, refiriendo expresamente a los datos de ensayos clínicos directos o gastos de colaboración y servicios con universidades y organizaciones sanitarias, directamente o a través de sus fundaciones, de los proyectos en curso para el periodo relacionado.

5.0 CATEGORÍAS DE LAS TRANSFERENCIAS DE VALOR.-

5.1.1 DONACIONES Y SUBVENCIONES A ORGANIZACIONES SANITARIAS

Las donaciones y subvenciones a organizaciones, asociaciones o fundaciones, integradas por profesionales sanitarios que prestan servicios de asistencia sanitaria, así como de investigación, son tenidas en cuenta dentro de las transferencias de valor contempladas en el anexo publicado.

El propósito por el que se realizan dichas donaciones es el establecer una colaboración con la investigación clínica realizada en servicios asistenciales y de investigación, entre las diferentes especialidades sanitarias, en aras de la mejora de la calidad de vida del paciente.

Diater Laboratorios garantiza, que dichas donaciones o subvenciones no constituyen un incentivo a la hora de la prescripción, compra, venta o administración de medicamentos.

Ninguna de las donaciones realizadas por Diater Laboratorios, es a un profesional sanitario a título individual, siempre el receptor es una organización, asociación o fundación de carácter sanitario.

 

5.1.2 COLABORACIÓN EN REUNIONES CIENTÍFICAS Y PROFESIONALES

La colaboración en reuniones científicas se entiende como la colaboración en reuniones y organización de reuniones que tengan un carácter puramente científico. En dichas reuniones Laboratorios Diater colabora en distintos hábitos, sin ninguna implicación en actividades de carácter lúdico, tan sólo ciñéndose exclusivamente a un nivel científico – profesional, tal como se establece en el Código Ético de Buenas Prácticas de la Industria Farmacéutica.

El grado de colaboración, va desde la realización de inscripciones a un curso, congreso de carácter regional, nacional o internacional, así como cubrir los gastos derivados del desplazamiento u alojamiento de los distintos profesionales sanitarios asistentes, en términos de hospitalidad; hasta la organización de una reunión de carácter médico-científico, y por último el patrocinio de reuniones organizadas por terceros.

La hospitalidad en reuniones de carácter profesional, se realizan en términos razonables, no exagerados ni desmesurados.

Los objetivos científicos constituyen el foco principal en la organización, limitándose a la colaboración en los medios logísticos estrictamente necesarios.

5.1.3 PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Las compañías farmacéuticas necesitan asesoramiento de profesionales médicos, para el desarrollo de sus labores de investigación y desarrollo, por ello en éstas circunstancias, Diater requiere contratar profesionales sanitarios, para la prestación de servicios de asesoramiento o consultoría, tales como: ponencias en reuniones (tanto como ponente como moderador), actividades de formación, reuniones de expertos…, es decir, servicios que impliquen el abono de una remuneración y/o gastos de desplazamiento y/o alojamiento y/o manutención derivados de la misma.

Se contratan con el propósito de colaborar en la con la asistencia sanitaria, la investigación, docencia, formación, o la organización de Reuniones profesionales o científicas.

5.1.4 INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO

El aumento de la calidad de vida del paciente, la esperanza de vida y la mejora constante en temas de salud, viene derivado del desarrollo de nuevos fármacos, descubrimiento de nuevas indicaciones terapéuticas a través de los ensayos clínicos de investigación y desarrollo realizados por la industria farmacéutica.

Por ello, Laboratorios Diater revierte parte de sus beneficios anuales, en el desarrollo de estudios clínicos realizados con seres humanos, con objeto de determinar los efectos clínicos farmacológicos, detectar las posibles reacciones adversas derivadas de la administración del fármaco, así como estudiar la absorción, distribución y metabolismo de un medicamento en investigación con el fin de determinar su seguridad y eficacia.

6.0 PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.-

6.1.1 CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA APLICABLE EN MATERIA DE PROTECCIÓNDE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL (Derechos ARCO)

Conforme a lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril, de Protección de Datos (RGPD), Diater dispone de información que, en algunos casos, es confidencial y/o incluye datos de carácter personal. La custodia, protección y uso ético y legal de dicha información es un objetivo permanente de Diater para evitar el impacto que causaría el hecho de que dicha información fuese revelada a quien no debe conocerla, fuera inexacta o incompleta o no estuviese disponible cuando se precisa, afectando a la protección de la intimidad y la privacidad de los datos personales.

Así mismo, dispone del pertinente documento de seguridad que engloba todo lo relativo a esta información.

Teniendo en cuenta la continua evolución de los sistemas de información y de la propia organización, el documento de seguridad pretende ser en su totalidad un marco estable pero a su vez flexible a las nuevas necesidades tanto informáticas como organizativas que se vayan sucediendo. Por ello, sus partes variables en el tiempo están estructuradas en forma de anexos, facilitando así su actualización. Aquellas partes que afectan tan sólo a los ficheros de niveles medio o alto aparecen sombreadas para facilitar su identificación.

6.1.2 ACCESO DE LOS PS Y OS A SU INFORMACIÓN

Una vez sean publicadas todas transferencias de valor, todo aquel profesional sanitario que haya recibido transferencias de valor por parte de Diater podrá, en cualquier caso, ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión (derecho al olvido), limitación del tratamiento, portabilidad y oposición previstos en el Reglamento mediante escrito dirigido a Diater Laboratorio de Diagnóstico y Aplicaciones Terapéuticas, S.A., Avda. Gregorio Peces Barba, nº2, Leganés (Madrid), o mediante correo electrónico a la dirección dpogrupo@grupodiater.com junto con su identificación a través del DNI e indicando como referencia “Transferencias de valor”.

A modo de aclaración, los derechos constan de:
 

Acceso: Derecho del afectado a obtener información sobre sus propios datos de carácter personal objeto de tratamiento, así como la información disponible sobre el origen de dichos datos y las comunicaciones realizadas o previstas de éstos.

Rectificación: Derecho del afectado, previa justificación y con aporte de documentación oportuna, a que se modifiquen los datos que resulten ser inexactos o incompletos.

Supresión (derecho al olvido): Derecho del afectado a obtener sin dilación indebida la supresión de los datos personales que le conciernen.

Limitación: Derecho del afectado a obtener del responsable del tratamiento la limitación del tratamiento cuando se cumplan las condiciones establecidas en el Reglamento.

Portabilidad: Derecho del afectado a transmitir datos personales de un responsable del tratamiento a otro, sin impedimentos.

Oposición: Derecho del afectado a que no se lleve a cabo el tratamiento de sus datos de carácter personal de manera individual en los casos en que el PS dé su consentimiento para la publicación de manera agregada y se hayan publicado los datos de manera individual.

En relación al derecho de oposición, de acuerdo con lo establecido por la Agencia Española de Protección de Datos en su informe de 22 de abril, debe señalarse que, como excepción, si un profesional sanitario, a través de este derecho, puede justificar ante la empresa farmacéutica que existen razones fundadas y legítimas relativas a una situación personal específica, lo que significa que la regla de ponderación se revierte y el interés legítimo de la empresa farmacéutica por dicha publicación no prevalece en este caso particular, la empresa farmacéutica, después de evaluar esta solicitud, podría excluir los datos de este profesional de la salud de la publicación individual, en lugar de publicar estos datos en conjunto.

El PS tendrá derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), autoridad competente en materia de protección de datos.
 
Derecho de acceso

El afectado tiene derecho a solicitar y obtener información de sus datos de carácter personal incluidos en los ficheros.

Al ejercitar el derecho de acceso, el afectado podrá optar por uno o varios de los siguientes sistemas de consulta del fichero, siempre que la configuración o implantación material del fichero lo permita:
  • Visualización en pantalla.
  • Escrito, copia o fotocopia remitida por correo, certificado o no.
  • Telecopia.
  • Correo electrónico u otros sistemas de comunicaciones electrónicas.
  • Cualquier otro sistema que sea adecuado a la configuración e implantación material de los ficheros ofrecido por los responsables de los mismos.

Laboratorios Diater, como responsable de los ficheros resolverá sobre la solicitud de acceso en el plazo máximo de un mes, a contar desde la recepción de la solicitud. Transcurrido el plazo sin que de forma expresa se responda a la petición de acceso, ésta podrá entenderse desestimada a los efectos de la interposición de la reclamación.

El ejercicio de oposición se ejercitará mediante solicitud dirigida a Laboratorios Diater. Laboratorios Diater resolverá en el plazo máximo de diez días a contar desde la recepción de la solicitud. Trascurrido el plazo sin que se responda a la petición, el interesado podrá interponer la reclamación pertinente.

7.0 DOCUMENTOS DE REFERENCIA.-

Para ampliar la información de referencia del Código de Buenas Prácticas de la Industria Farmacéutica, y en concreto el artículo 18.0 de dicho Código, relativo a la Transferencia de las Interrelaciones de la Industria Farmacéutica, ponemos a su disposición una serie de webs y links al respecto.

www.efpia.eu
www.transparency.efpia.eu

8.0 AVISO LEGAL.-

Diater utiliza una combinación de sistemas automatizados, procedimientos internos estandarizados y entrada de datos manuales, a través de recursos internos y externos, con objeto de recopilar la información relevante, para su posterior publicación en su página web.

La información publicada, refleja y aúna esfuerzos para cumplir con las disposiciones del artículo 18 del Código de Buenas Prácticas de la Industria Farmacéutica de Farmaindustria.

En el caso de que, pese a nuestros mejores esfuerzos para asegurar una publicación que refleje fielmente las transferencias de valor llevadas a cabo, no hayamos logrado incluir la información correcta y completa, nos comprometemos a investigar y dar respuesta adecuada en el caso de que la información expuesta no sea de todo correcta.

La información publicada según los requerimientos del Código en esta web, será únicamente utilizada con el fin de cumplir con las disposiciones del Código Ético. Dichos datos no serán utilizados como referencia por parte de las autoridades fiscales.

“La publicación de estos datos responde a las obligaciones de transparencia derivadas del Código de Buenas Prácticas de la Industria Farmacéutica”.

“De la publicación de la información no se deriva una habilitación general para que quienes accedan al sitio web puedan llevar a cabo un tratamiento adicional de los datos de los profesionales, tales como su cruce con las informaciones publicadas en los sitios web de otros asociados”.

“El laboratorio ha adoptado niveles de seguridad para evitar la indexación de la información a través de motores de búsqueda”.

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